Dirigido a:
Mujeres en condiciones de vulnerabilidad que hayan sido admitidas en programas académicos de pregrado de la Universidad Javeriana Cali, con excepción del programa de Medicina.
Objetivo: Promover la permanencia y el acceso a educación superior de calidad de mujeres en condiciones de vulnerabilidad que quieran estudiar y estén admitidas en la Universidad Javeriana Cali.
Programas académicos: El programa de becas está dirigido a todos los programas académicos de pregrado de la universidad, con excepción de Medicina. Cualquier gasto diferente a matrícula asociado al Semestre Académico Internacional – SAI, deberá ser cubierto por el estudiante.
Fecha de apertura: 6 de octubre de 2025
Fecha de cierre: 10 de diciembre de 2025
Notificación ganadores: 18 de diciembre de 2025
Número de becas: Depende de la disponibilidad de donaciones.
Duración: las becas se otorgarán solo por el número de semestres establecidos en la duración regular del programa académico para el cual fue asignada.
Valor: 70% del valor de la matrícula para todos los semestres. No cubre estampilla procultura.
Condiciones para aplicar a la beca
Podrán participar en la convocatoria los estudiantes que cumplan con todos los siguientes requisitos:
- Residir legalmente en el territorio nacional.
- Estar admitida en los programas de pregrado de la universidad.
- Ser mujer y demostrar condiciones de vulnerabilidad socioeconómica.
- Pertenecer a estrato 1, 2 o 3.
- Haber presentado el Saber 11.
Limitaciones
La beca tendrá las siguientes limitaciones:
- No es transferible y su valor no podrá ser entregado en dinero o en especie.
- No es acumulable, por tanto, el estudiante que simultáneamente tenga derecho a más de un descuento o beca deberá optar por un solo beneficio, teniendo el derecho de escoger el que considere que más le convenga.
- Los estudiantes que estudien múltiple programa académico deberán escoger y declarar un solo programa académico por el cual participará en la beca.
- No aplica para estudiantes beneficiarios de los programas de becas y/o créditos condonables del Estado.
- La beca no permite el cambio de programa académico.
- La beca no permite realizar doble programa. Solicitudes excepcionales podrán ser evaluadas por el donante y la universidad bajo criterios de rendimiento académico, red de apoyo, extención adicional del tiempo de graduación y capacidad financiera del estudiante para asumir bajo responsabilidad los créditos y/o semestres adicionales.
- El programa de becas cubrirá únicamente los conceptos de matrícula, en ninguna circunstancia se cubrirán: programas especiales, habilitaciones, cursos intersemestrales, derechos de continuidad, repetición por perdida y/o cancelación de asignaturas, créditos/semestres adicionales, diplomados, gastos de manutención, material académico, gastos de manutención y viaje asociados a semestres académicos internacionales.
- Para acceder a los beneficios del programa de Becas de la Javeriana Cali, el estudiante debe ser residente en el territorio nacional.
- La beca y todos sus derechos se pierden si el estudiante, por una sola oportunidad, no cumpliere con las condiciones del presente convenio, reglamento de la universidad. En caso de presentarse casos de fuerza mayor, se tendrán en cuenta los tiempos y procedimientos estipulados por la universidad.
Condiciones para renovar la beca:
- Tener un promedio de semestre igual o superior a 3.5 y no estar en prueba académica.
- Aprobar créditos de tal forma que se genere cambio de ubicación semestral para el programa en que se asigno la beca.
- Matricular el 100% de la carga académica normal asignada para el semestre de renovación. La universidad se reserva el derecho a considerar casos diferentes debidamente justificados por el director de programa académico.
- No tener sanciones disciplinarias.
- Cumplir con todas las actividades de acompañamiento diseñadas para la beca y asistir al programa ARCA.
- Asistir a todas las actividades de acompañamiento y seguimiento establecidas por la universidad.
- En caso de aplazamiento o cancelación de semestres, esta situación se debe comunicar por parte del estudiante a la universidad. La decisión de permitir o no el aplazamiento/cancelación de semestre será revisada por la universidad, si el estudiante realiza estas acciones sin aprobación previa, perderá la beca y sus beneficios.
- Las situaciones especiales que puedan colocar en peligro el desarrollo del semestre académico deben ser reportadas por el estudiante 15 días antes de la fecha de terminación del semestre académico. En caso contrario la solicitud no será evaluada por la universidad y la beca será retirada.
- La beca se renovará automáticamente si hay cumplimiento de todas las condiciones anteriores.
Pérdida de la beca:
- No cumplir con las condiciones de renovación.
- Retiro voluntario del estudiante de la institución educativa.
- No atender a los procesos y las fechas definidas por la Universidad para la renovación de sus becas.
- Faltas disciplinarias de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Estudiantil vigente de la universidad.
- Por la comisión de algún delito por parte del estudiante.
- Por el fallecimiento del estudiante.
- Las demás contempladas en la ley como extinción general de las obligaciones civiles.
- No completar el número de semestres para el cual le fue aprobado la beca.
- Abandono injustificado del programa académico.
- Expresa voluntad del beneficiario.
- Cambio de Institución de Educación Superior y/o programa de estudios.
- Decidir realizar la prestación del servicio militar obligatorio, con la respectiva certificación del ente público.
Nota importante: usted debe aplicar en el Sistema de Becas y llenar el formulario FORMS indicado para que se considere una postulación completa. Las postulaciones incompletas no serán tenidas en cuenta.